Deudas tras el Divorcio: Cuando la Carga Se Queda Entera
En el convenio quedó claro quién pagaba cada cosa. El banco no firmó ese convenio: si figuras como codeudor, puede reclamarte la totalidad aunque el juez homologara otro reparto (Art. 1205 CC). La Segunda Oportunidad cancela esa deuda — con una excepción que conviene saber desde el principio: los alimentos de tus hijos no se exoneran.