Para empezar hacen falta tres tipos de papeles: los que dicen quién eres y qué ingresas (DNI, nóminas o pensión, renta, vida laboral), los que dicen qué debes y a quién (contratos, certificados de Hacienda y de la Seguridad Social, informe de la CIRBE) y los que dicen qué tienes (cuentas, vivienda, coche). Casi todos se piden por internet.
Juntar papeles agobia. Sobre todo si llevas tiempo sin querer abrir las cartas. Es normal. La buena noticia es que no hace falta tenerlo todo el primer día, y que casi todo se consigue sin moverte de casa.
Esta es la lista que te pediremos en Liberalia. No es una lista que ponga la ley. La ley pide que la solicitud lleve una memoria de tu situación de los tres últimos años, un inventario de lo que tienes y la lista de tus acreedores (art. 7 del Texto Refundido de la Ley Concursal, TRLC). Estos papeles sirven para prepararlos bien.
La lista, de un vistazo
| Documento | Dónde se pide y para qué |
|---|---|
| DNI o NIE | Lo tienes tú. Para identificarte. |
| Certificado de empadronamiento | Tu ayuntamiento. Para acreditar dónde vives. |
| Nóminas o certificado de la pensión | Tu empresa o la Seguridad Social. Para saber lo que ingresas. |
| Declaraciones de la renta de los tres últimos años | Agencia Tributaria. Las pide la ley al solicitar la cancelación. |
| Informe de vida laboral | Seguridad Social. Para conocer tu historia laboral. |
| Contratos de préstamos y tarjetas, y cartas de reclamación | Los tienes tú o cada entidad. Para saber qué debes y a quién. |
| Certificado de deudas con Hacienda | Agencia Tributaria. Para saber tu deuda con Hacienda. |
| Certificado de deudas con la Seguridad Social | Seguridad Social. Para saber tu deuda con la Seguridad Social. |
| Deudas con el ayuntamiento, la comunidad autónoma o multas | Cada organismo; las multas de tráfico, la DGT. Para completar tu deuda pública. |
| Informe de la CIRBE | Banco de España, gratis. Para ver los préstamos que los bancos tienen declarados a tu nombre. |
| Extractos de tus cuentas | Tu banco. Para ver lo que tienes y lo que entra y sale. |
| Nota simple de tus inmuebles | Registro de la Propiedad. Para ver tus casas o terrenos, y sus cargas. |
| Permiso de circulación del coche | Lo tienes tú o la DGT. Para identificar tus vehículos. |
| Planes de pensiones, seguros o fondos | Cada entidad. Para saber lo que tienes ahorrado. |
Parte de los papeles de organismos públicos los pedimos nosotros por ti: la vida laboral, los certificados de deuda y la nota simple. Tú nos das lo que ya tienes en casa. Así lo contamos en cómo es el procedimiento.
Quién eres y qué ingresas
- DNI o NIE, en vigor.
- Certificado de empadronamiento. Se pide en tu ayuntamiento, muchas veces por internet.
- Lo que cobras: las últimas nóminas, o el certificado de tu pensión o de tu prestación por desempleo.
- Las declaraciones de la renta de los tres últimos años. Aquí sí manda la ley: hay que presentarlas al pedir la cancelación de las deudas, tanto con plan de pagos como con liquidación (arts. 495.1 y 501.3 TRLC). Si no estabas obligado a hacerla, también lo miramos.
- El informe de vida laboral, de la Seguridad Social.
Qué debes y a quién
Es la parte más importante. La lista de acreedores tiene que estar completa, con lo que debes y cuándo vence cada deuda (art. 7 TRLC).
Hacienda y Seguridad Social: los certificados
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria y en la de la Seguridad Social se consulta y se descarga lo que debes a cada una. No olvides el resto de deuda pública: impuestos o multas del ayuntamiento, deudas con tu comunidad autónoma y multas de tráfico, que se consultan en la DGT.
La CIRBE: cómo pedirla
Es el informe del Banco de España con los préstamos, créditos y avales que los bancos tienen declarados a tu nombre. Ayuda mucho a no olvidar ninguno. Es gratis y lo puedes pedir de tres formas (sede electrónica del Banco de España):
- Por internet, con certificado digital o Cl@ve.
- En persona, con cita previa en una sucursal del Banco de España.
- Por correo, enviando el formulario firmado y una copia de tu DNI.
Préstamos, tarjetas y reclamaciones
Reúne los contratos de préstamos, tarjetas y microcréditos, los últimos recibos y cualquier carta, burofax o notificación que te hayan enviado: reclamaciones, demandas, embargos. Si no encuentras un contrato, no pasa nada: lo vemos en las preguntas frecuentes.
Un truco: si estás en ASNEF u otro fichero, puedes pedirles qué deudas tienen a tu nombre. Es otra forma de no dejarte ninguna.
Qué tienes
- Cuentas: los extractos de los últimos meses.
- Vivienda u otros inmuebles: la nota simple del Registro de la Propiedad y, si tiene hipoteca, el último recibo.
- Coche: el permiso de circulación y, si está financiado, el contrato.
- Ahorros: planes de pensiones, seguros de ahorro, fondos o acciones.
No hace falta tasar nada para empezar: basta con una estimación de lo que vale cada cosa (art. 7 TRLC). Y si en los dos últimos años has vendido o regalado algo de valor, cuéntalo: se revisa (arts. 226 y 227 TRLC).
Si eres o has sido autónomo
Además de lo anterior:
- Las declaraciones de IVA y de IRPF de los últimos ejercicios.
- Tu alta y tu baja en Hacienda y en el régimen de autónomos.
- Los libros de ingresos y gastos, y las facturas que te deban o que debas.
- Los contratos de préstamos del negocio, avales o préstamos ICO.
- Si tienes o has tenido trabajadores, cuántos y en qué centro (art. 7 TRLC).
Aquí tienes más sobre la Segunda Oportunidad si eres autónomo.
Si estás casado o tienes pareja
La memoria tiene que decir con quién estás casado, desde cuándo y con qué régimen económico, o con quién tienes pareja inscrita (art. 7 TRLC). Por eso te pediremos:
- El libro de familia o el certificado de matrimonio.
- Las capitulaciones, si estáis en separación de bienes.
- El certificado de inscripción, si sois pareja de hecho.
- Si vas por plan de pagos, también la renta de tu pareja: la ley pide la de toda la unidad familiar (art. 495.1 TRLC).
Y si estáis pensando en pedirlo juntos, aquí tienes qué cambia si os acogéis los dos.
Lo que no hace falta
- Un «certificado de insolvencia». No existe. Tu situación se demuestra con estos papeles.
- Tasar tu casa o tu coche para empezar. Basta con una estimación.
- Tenerlo todo para la primera consulta. Con saber qué debes y a quién, podemos empezar.
Si quieres repasar antes quién puede acogerse, aquí tienes los requisitos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tarda en reunir la documentación?
Depende de cuántas deudas tengas y de si tienes certificado digital o Cl@ve. Con ellos, muchos documentos se descargan en el momento. Otros tardan más, como el informe de la CIRBE si lo pides por correo o las copias de contratos que hay que pedir a cada entidad.
¿Qué pasa si no encuentro el contrato de un préstamo antiguo?
Pídele una copia a la entidad o a quien te reclama la deuda. Mientras llega, sirven los extractos, las cartas de reclamación o la notificación de un fichero para identificarla. Lo importante es que la deuda aparezca en la lista.
¿Tengo que pedir yo el informe de la CIRBE?
Lo pide el titular, porque son tus datos. Es gratis y se puede hacer por internet con certificado digital o Cl@ve, en persona con cita previa en el Banco de España o por correo. Si no sabes cómo, te explicamos la forma más sencilla para ti.
¿Necesito certificado digital o Cl@ve?
No es obligatorio, pero ayuda mucho: con uno de los dos descargas casi todo por internet. Sin ellos, muchos documentos se pueden pedir en persona o por correo, aunque tarda más.
¿Qué pasa si se me olvida una deuda?
Es de lo más importante: no te dejes ninguna. La ley pide la lista completa de acreedores (art. 7 TRLC) y el Tribunal Supremo exige que se relacionen todas las deudas y que la resolución del juez identifique las que cancela (SSTS 259 a 264/2026, de 18 de febrero). No des por hecho que una deuda que no se incluyó queda cancelada. Por eso conviene revisar ficheros, CIRBE y cartas antes de presentar nada.
No hace falta tenerlo todo para la primera consulta. Con saber qué debes y a quién, empezamos.
Lista orientativa según el Texto Refundido de la Ley Concursal vigente en septiembre de 2026. En cada caso pueden hacer falta papeles distintos.